Egresados Recientes

Profesiones amparadas



¿Cómo se realiza el registro?


POR CORREO ELECTRÓNICO:

Para realizar el registro por correo electrónico será necesario remitir toda la documentación en un único archivo en formato PDF, cuyo peso sea inferior a los 9MB. Los archivos se pueden unir en un único PDF, por ejemplo, utilizando la opción de “imprimir como PDF”, pegándolos a un Word y guardando el mismo en formato PDF, o con algún programa de conversión de formatos.

El archivo deberá enviarse a afiliados@cjppu.org.uy, debiendo asegurarse de recibir una respuesta automática con firma y logo de la Caja de Profesionales.

La documentación a enviar será la siguiente, y rogamos respetar el orden en que se presenta:

-  Formularios 1.1.1, 1.1.C y 1.1.2 completos y firmados (para completarlos ver INSTRUCTIVO FORMULARIOS 1.1.1 Y 1.1.C); 

-  Cédula de identidad vigente;

-  Certificado de egreso y/o Título profesional:

-  Egresados de UDELAR cuyo título no requiera habilitación del MSP (Ministerio de Salud Pública), podrán hacer el registro con certificado de egreso o escolaridad “Finalizada”;

- Egresados de UDELAR cuyo título requiera habilitación del MSP (profesionales de la salud), deberán presentar el título y habilitación del MSP; 

-  Abogados y Procuradores de UDELAR, deberán presentar el título habilitado por la SCJ (Suprema Corte de Justicia);

-  Egresados de Universidades privadas que no requieran habilitación del MSP ni jura en la SCJ, deberán presentar título con habilitación del MEC (Ministerio de Educación y Cultura);

- Egresados de Universidades privadas que requieran habilitación del MSP (profesionales de la salud) o jura de la SCJ (Abogados y Procuradores), deberán presentar título y el certificado habilitante que corresponda (MSP o SCJ);

-Egresados en el exterior que revaliden su título en Uruguay, deberán presentar la constancia de reválida emitida por el MEC (Ministerio de Educación y Cultura) y su título expedido en el extranjero.

En caso de títulos que requieran habilitación del MSP (profesionales de la salud), deberán también presentar habilitación del MSP.

- Información adicional: Los egresados de UdelaR que cuenten con código de verificación de título, en lugar en enviar el título deberán remitir el código para que el título pueda ser verificado. Tener en cuenta que debe estar habilitada la opción para verificar por terceros.

-          Constancia de domicilio: factura de un servicio como UTE, OSE, ANTEL o resumen de tarjeta de crédito, o constancia de la seccional policial, a nombre del titular con un máximo de 90 días desde su expedición. También puede presentar certificado notarial con un plazo no mayor a 30 días desde su fecha de expedición o actualización y que contenga el montepío notarial correspondiente.

IMPORTANTE: LOS PROFESIONALES DE LA SALUD UNA VEZ REALIZADO EL REGISTRO, DEBEN ENVIAR AL MSP EL NÚMERO DE AFILIADO DE LA CAJA DE PROFESIONALES.

Aquellos que realicen el registro por correo electrónico posteriormente deberán presentar el título y cédula originales en nuestras oficinas, sector Atención a Afiliados, no habiendo plazo para ello.

 

PRESENCIAL (HABILITADO CON PREVIA AGENDA WEB)

 

El registro también se puede realizar en las oficinas de la CJPPU (Andes 1521) Departamento de Atención a Afiliados, de lunes a viernes de 12:15 a 17:30hrs., con previa Agenda web, concurriendo con la documentación mencionada en el registro por correo electrónico.

CORREO POSTAL:

 

Otra opción para realizar el registro es por correo postal remitiendo a Andes 1521 CP. 11100, la documentación mencionada en el registro por correo electrónico. En este caso, se deberá remitir testimonio notarial original de la cédula y del título.

FORMULARIO 1.1.1 Y 1.1.C

INSTRUCTIVO FORMULARIOS 1.1.1 Y 1.1.C

FORMULARIO 1.1.2


Plazos para registrarse


El plazo para efectuar el registro es de 90 días desde la fecha habilitante.

La fecha de habilitación para egresados de UDELAR (salvo profesionales de la salud, Abogados y Procuradores) es la fecha de egreso.

La fecha de habilitación para egresados de Universidades privadas (salvo profesionales de la salud, Abogados y Procuradores) es la fecha del MEC (Ministerio de Educación y Cultura) que está en el dorso del título.

La fecha de habilitación para profesionales de la salud cualquiera se la Universidad de egreso, es la fecha de habilitación del MSP (Ministerio de Salud Pública).

La fecha de habilitación para Abogados y Procuradores cualquiera sea la Universidad de egreso, es la fecha de jura en la SCJ (Suprema Corte de Justicia).

Tendremos en cuenta para la determinación del plazo, la oportunidad en la cual usted contó con la documentación que acredita la culminación de la carrera.

Los registros fuera del plazo legal pueden generar una multa de al menos el 50% del sueldo ficto de primera categoría de aportes.


Modificación del registro


¿Cómo declaro el ejercicio libre o el no ejercicio libre de mi profesión?
Para cambiar de situación en su relación con la CJPPU debe realizar una Declaración Jurada en la sede del Instituto o vía correo o fax.

¿Qué plazo tengo para hacer las Declaraciones Juradas?
El plazo es de 90 días tanto para las declaraciones de ejercicio libre como de no ejercicio.

Si la retroactividad de la declaración es mayor a los 90 días desde su presentación, el registro será temporal hasta que el profesional pruebe, con la documentación correspondiente, no haber realizado actividad profesional libre (para las declaraciones de no ejercicio) o haberla realizado (para las declaraciones de ejercicio libre fuera de plazo).

Declaraciones juradas de no ejercicio: si se presentan fuera del plazo de 90 días o se inicia una nueva dentro del año de una declaración anterior, se deberán pagar gastos de administración y fiscalización equivalente al 25% del sueldo ficto de 1ª. Categoría.

Si exceden el año y los 90 días se aplicará una multa que se sumará a los gastos de administración que correspondan.

¿Tengo plazos para mantenerme bajo Declaración de No Ejercicio?
Los profesionales que se declaren en ejercicio y no ejercicio libre de su profesión, deberán mantenerlas por un plazo mayor a 90 días. Las declaraciones no se aceptan por períodos menores salvo que exista una causa grave o una circunstancia debidamente justificada; estos casos serán resueltos por el Directorio del Instituto.

¿Qué derechos pierdo cuando estoy bajo declaración de no ejercicio?
Para obtener los beneficios que otorga la CJPPU es necesario el aporte correspondiente.

Los años aportados previos a la declaración de no ejercicio no se pierden y se sumarán a los que realice el profesional una vez que se reintegre al ejercicio.

En el caso del fallecimiento de un profesional con declaración de no ejercicio durante más de 12 meses, no generará derecho a pensión, salvo que acredite 10 años de ejercicio como mínimo y sus causahabientes no fueran beneficiarios de pensión en otro Instituto (art. 82 de la ley 17.738).

1.1.6. - Declaración Jurada de No Ejercicio Liberal Fuera de Plazo


Preguntas Frecuentes


¿Qué es el ejercicio libre de la profesión?

El ejercicio libre de la profesión está amparado en el artículo 43 de la Ley Orgánica de la Caja de Profesionales Universitarios (Ley 17.738):

Artículo 43. (Actividad profesional amparada).- Quedan personal y obligatoriamente sujetos al régimen establecido en la presente ley, los profesionales universitarios que ejerzan en el país en forma libre en nombre propio y para terceros, las profesiones incluidas o incorporadas según se determina en el artículo precedente.

Se considera que un profesional con título universitario ejerce su profesión en forma libre, no solo cuando realiza actos concretos relativos a la misma, sino también cuando está en disponibilidad de realizarlos, aún en los períodos de inactividad que ordinariamente se producen durante el transcurso de las actuaciones profesionales.

El ejercicio de la profesión para terceros puede ser individual o, repartiéndose los beneficios que de ello provengan, en sociedad con otros profesionales o no profesionales o en cooperativas de profesionales, sin perjuicio de las afiliaciones a otros institutos de seguridad social que pudieran corresponder.

Si está realizando ejercicio libre tiene la obligación de declararlo. En caso de no realizarlo, igualmente puede declarar ejercicio libre a efectos de aportes jubilatorios.

¿Cómo declaro el ejercicio libre o el no ejercicio libre de mi profesión?

Para cambiar de situación en su relación con la CJPPU debe realizar una Declaración Jurada en la sede del Instituto con la cédula de identidad original y vigente, o vía correo electrónico remitiendo completos y firmados los formularios  1.1.4 y 1.1.C o 1.1.5 y 1.1.C, según cuál sea la declaración que quiere realizar.

¿Qué plazo tengo para hacer las Declaraciones Juradas?

El plazo es de 90 días tanto para las declaraciones de ejercicio libre como de no ejercicio.

Si la retroactividad de la declaración es mayor a los 90 días desde su presentación deberá presentar documentación probatoria de la referida situación.

Para declarar ejercicio fuera de plazo debe remitir completos y firmados los formularios 1.1.13 y 1.1.C junto a una nota explicativa, historia laboral nominada de BPS, consulta de actividades por persona de BPS y facturas profesionales.

Para declarar no ejercicio fuera de plazo debe remitir completos y firmados los formulario 1.1.6 y 1.1.C  junto a una nota explicativa, historia laboral nominada de BPS, consulta de actividades por persona de BPS y facturas profesionales.

Estas declaraciones fuera del plazo legal pueden generar multas y/o gastos de administración y fiscalización.

¿Tengo plazos para mantenerme bajo Declaración de No Ejercicio?

Los profesionales que se declaren en ejercicio y no ejercicio libre de su profesión, deberán mantenerlas por un plazo mayor a 90 días. Las declaraciones no se aceptan por períodos menores salvo que exista una causa grave o una circunstancia debidamente justificada; estos casos serán resueltos por el Directorio del Instituto.

Al interrumpir un período de ejercicio menor a un año se debitarían gastos de administración y fiscalización correspondientes al 25% del sueldo ficto de la primera categoría de aportes.

¿Qué derechos pierdo cuando estoy bajo declaración de no ejercicio?

Para obtener los beneficios que otorga la CJPPU es necesario estar con declaración de ejercicio.

Los años aportados previos a la declaración de no ejercicio no se pierden y se sumarán a los que realice el profesional una vez que se reintegre al ejercicio.

En el caso del fallecimiento de un profesional con declaración de no ejercicio durante más de 12 meses, no generará derecho a pensión, salvo que acredite 10 años de ejercicio como mínimo y sus causahabientes no fueran beneficiarios de pensión en otro Instituto (art. 82 de la ley 17.738).

¿Cómo actualizo mis datos?

Es responsabilidad del profesional mantener sus datos de contacto actualizados. Para actualizar teléfono o correo electrónico puede remitir una nota firmada a puño y letra a consultas@cjppu.org.uy. Para actualizar el domicilio constituido debe remitir completo y firmado el formulario 1.1.8  junto a una constancia de domicilio del mismo, a la misma dirección de correo.

¿Cómo accedo a mi clave web?

Para acceder a los servicios en línea (certificados, aportes, fecha de cambio de categoría, simulador de jubilación, etc.), debe remitir completo y firmado el formulario  1.1.2. al mail consultas@cjppu.org.uy


Eventos informativos 2024


EVENTOS INFORMATIVOS 2024

Invitamos a todos los profesionales que han egresado recientemente (tanto afiliados, como no afiliados) y a estudiantes avanzados, a participar de charlas informativas que se desarrollarán en el correr del año.

En el calendario adjunto se podrán ver las fechas tentativas para cada mes del año.

A los eventos que son de participación libre puede asistir cualquier interesado.

Para agendarse a estas reuniones podrán comunicarse vía telefónica al 2902 89 41 - Int.: 252 de 12 a 19hrs, o por correo electrónico a afiliados@cjppu.org.uy indicando los siguientes datos:

-       Nombre completo;

-       Profesión y Universidad;

-       Teléfono de contacto;

-       Correo electrónico;

-       Charla a la que querrá asistir

En el caso de los eventos organizados por alguna Universidad o Asociación específica, podrán agendarse solamente quienes pertenezcan a la misma.

En estos eventos brindaremos información general sobre la Caja de Profesionales, registro profesional, declaraciones de ejercicio y no ejercicio, categorías de aportes, beneficios que brinda la institución, entre otros.

Quedamos a las órdenes por cualquier consulta mediante los canales de comunicación mencionados anteriormente.

Calendario de eventos informativos 2024